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Eliminación gradual de plástico de un solo uso en Colombia.
A partir del próximo 7 julio de 2024, estarán prohibidas las siguientes acciones: fabricación, importación, exportación, comercialización y distribución de productos plásticos de un solo uso.
Estos son algunos productos que saldrán de circulación:
- Bolsas de punto de pago.
- Bolsas de rollo del fruver.
- Bolsas de empaques de revistas, recibos y documentos de correspondencia.
- Bolsas de lavanderia.
- Soportes de plásticos de globos.
- Copitos de algodón.
- Mezcladores de café.
- Pitillos.
La Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Susana Muhamad. explicó que ¨la reglamentación define que, para permanecer en el mercado, los productos prohibidos deben presentar alternativas sostenibles enfocadas en la biodegradabilidad y compostabilidad en condiciones ambientales naturales; ser fabricados con 100% de materia prima reciclada de fuente nacional; y su aprovechamiento debe ser del 100% de la misma resina o mezcla de resinas de los productos puestos en el mercado¨.
Los distribuidores de bolsas plásticas deberán presentar informes de avances y cierres sobre el uso racional, detallando como serán recicladas las bolsas en inventario.
Las fechas límite para la presentación y actualización del Plan de Gestión Ambiental de residuos de envases y empaques son el 31 de diciembre de 2024. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) será la encargada del seguimiento y control para verificar las alternativas sostenibles con enfoque de economía circular.
Fuente: Minambiente, 2024.